Un centímetro de suelo puede tardar cientos de miles de años en formarse desde la roca madre y como no se renueva a una velocidad suficiente en la escala de tiempo humano, se considera un recurso no renovable.
Nuestras soluciones
INFORME PREELIMINAR DE SITUACIÓN (IPS) (+)
Recopilamos y cumplimentamos la información que ha de contener el informe preliminar de situación de suelos estructurado por la Administración competente, según el sector en el que se enmarca la actividad desarrollada.
El informe preliminar de situación debe presentarse para cada uno de los emplazamientos cuando exista una separación física.
Si se tiene constancia de que en una parcela de desarrolló con anterioridad una actividad recogida en el Anexo I del Real Decreto 9/2005, es obligatorio presentar el informe preliminar de situación, destacando la información referida a las actividades históricas que han tenido lugar en la parcela.
INFORME DE SITUACIÓN (IS) (+)
Damos contenido a los requerimientos de información estructurada y requerida por la Administración competente, para cumplir con su contenido en referencia a:
– Datos generales de la actividad.
– Coordenadas UTM y superficie de la parcela y planos de situación.
– Datos registrales, catastrales y urbanísticos de la parcela.
– Ampliación o modificaciones sustanciales de la instalación.
– Entorno de las instalaciones.
– Puntos de captación de aguas subterráneas.
– Descripción de la actividad y principales procesos productivos que se desarrollan en la instalación.
– Áreas de producción en las que se divide la instalación.
– Tipo de red de drenaje y tratamiento y destino de las aguas residuales.
– Principales materias primas que se emplean o manipulan en la instalación.
– Principales residuos peligrosos que se generan en la instalación.
– Información relativa a los depósitos o tanques, así como cualquier observación que se considere pertinente para facilitar la comprensión de las circunstancias del emplazamiento.
Informe de situación (IS)
Cada cinco años tras la aprobación del informe preliminar de situación (IPS) o el Informe de situación (IS) anterior, es necesario presentar un informe de situación (IS) que plasme la situación actual. Siempre que se produzca una modificación sustancial, el cierre definitivo o se produzca un cambio de titularidad de la propiedad, es preciso proceder a presentar ante la Autoridad competente el informe de situación del suelo. Además debe presentarse, cuando se solicite una licencia o autorización para una actividad diferente de las potencialmente contaminantes (APC) o cuando suponga un cambio en el uso del suelo, si con anterioridad en el mismo se desarrolló una actividad consideradas potencialmente contaminadora.
PLANES DE ACTUACIÓN PARA LA REMEDIACIÓN DE SUELOS CONTAMINADOS (+)
Previo análisis de la situación de alteración de las características del suelo, procedemos al análisis de alternativas para definir un plan de trabajo de descontaminación. Redactamos la propuesta de plan de actuación para su aprobación por parte de la Administración competente, realizamos la dirección técnica de los trabajos de descontaminación, redactando los correspondientes informes de seguimiento de las actuaciones y verificamos la calidad del suelo finalizado el proceso de descontaminación.
Nuestra experiencia
Trabajos que hemos realizamos para preservar y mejorar la calidad del suelo.
– Informes preliminares de situación de suelos e informes de situación.
– Inventario de suelos que soportan o han soportado actividades o instalaciones potencialmente contaminantes del suelo.
– Informes de cambio de uso.
– Diseño y coordinación de planes de actuación para recuperación de suelos contaminados (siniestros, derrames accidentales, almacenamientos incontrolados de sustancias y residuos peligrosos, etc.)
Obligaciones
Para lograrlo es necesario implantar pautas de trabajo y de mantenimiento que faciliten el cumplimiento de los requisitos legales de aplicación en materia ambiental y seguridad industrial, por tanto la prevención y en consecuencia la reducción de impactos negativos en el medio ambiente.
El concepto de gestión ambiental debe estar completamente integrado en el proceso de control operacional para poder mantener las actuaciones a desarrollar dentro de los límites preestablecidos y conseguir:
– Prevenir la contaminación.
– Garantizar la conformidad con las exigencias internas y externas.
– Propiciar la anticipación y respuesta ágil a nuevas exigencias en materia de medio ambiente.
Directrices
Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.